jueves, 7 de noviembre de 2013

La CHE analizará los posibles beneficios de la energía reservada para los regantes del Ebro


  • Xavier de Pedro ha explicado a los representantes de la Federación de Regantes de la Cuenca del Ebro el proceso iniciado para reclamar el cumplimiento de las cláusulas concesionales en las que se reconoce una reserva para el Estado en algunos de los principales saltos de la Cuenca, lo que supondría disponer de energía a bajo coste.
  • La energía beneficiará a la gestión pública del agua, a través de las Comunidades de Usuarios, donde se incluyen elevaciones de caudales para regadío, por lo que se han solicitado datos de consumos para analizar posibles reducciones de costes.
  • Esta reserva también beneficiará al desarrollo general de la Cuenca, cumpliendo los objetivos del Plan Hidrológico del Ebro, a través de la restitución territorial, la restauración ambiental y la eficiencia y modernización de regadíos.


Xavier de Pedro, presidente de la Confederación Hidrográfica del Ebro, organismo autónomo, adscrito al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA), ha mantenido en Zaragoza, una reunión con la Junta de Gobierno de la Federación de Regantes de la Cuenca del Ebro (FEREBRO), cuyo presidente es César Trillo, para explicar el procedimiento administrativo que ha iniciado el Organismo para reclamar la reserva de energía reconocida entre las cláusulas concesionales de algunos saltos hidroeléctricos en la Cuenca.

De Pedro ha explicado que esta medida asumida por el Organismo busca el beneficio para la gestión pública del agua, en general para toda la Cuenca, a través de las Comunidades de Usuarios, como entidades de derecho público para la gestión descentralizada del agua y nunca con finalidades de usos privados. El presidente del Organismo ha recordado que las comunidades de regantes son en número la parte más importante de los usuarios de la Cuenca y por ello, son beneficiarios potenciales de este proceso, en cuanto que entidades de derecho público.
La reserva supondrá disponer de energía a bajo coste que, en todo caso, debe destinarse a fines de servicio público de gestión del agua.
La reserva supondrá disponer de energía a bajo coste que, en todo caso, debe destinarse a fines de servicio público de gestión del agua, donde se incluye la elevación de caudales o bombeos para el regadío. Por ello, el encuentro se ha planteado, además de para contar con su opinión favorable en este proceso, para solicitar la información de los consumos energéticos en el regadío, lo que permitirá analizar los destinos de la reserva.

En concreto, se ha pedido que, a través de FEREBRO, las comunidades remitan datos del consumo del último año (las curvas de consumo de cada uno de los puntos de suministro) y las tarifas y potencias contratadas.

Hay que recordar que, junto con la posibilidad de recibir por parte de las empresas energéticas la reserva para su consumo, también existe otra vía que es la de destinarla al mercado energético o recibir un pago por equivalente por parte de las propias empresas para recuperar esa energía. En estos casos, los rendimientos se destinarían a los objetivos recogidos en el proyecto del nuevo Plan Hidrológico de la Demarcación del Ebro, donde se fija que, tanto estos beneficios, como los de saltos hidroeléctricos revertidos a la Confederación, irán al desarrollo de los territorios que los generan, a la restauración ambiental, a la eficiencia y modernización de regadíos y a las necesidades energéticas del Organismo.

Energía reservada

La Confederación Hidrográfica del Ebro inició el pasado 14 de octubre el procedimiento administrativo para reclamar a las empresas del sector energético el cumplimiento de la cláusula incluida en algunas concesiones de saltos hidroeléctricos por la que deben reservar para el Estado una parte de su energía. A partir de ese momento se abrió un plazo de un mes, todavía vigente, para que las empresas concesionarias de los saltos que tienen esta cláusula concesional remitan sus datos de producción de los últimos cinco años lo que permitirá calcular la reserva de energía y el coste que tendría la misma. También se ha pedido que remitan una propuesta técnica de cómo se realizaría la entrega de esta energía reservada.

Esa reserva, se traduce en la mayoría de los casos en el 25% de la energía producida en los aprovechamientos a precio de coste, mientras que en otros, se considera una cantidad concreta de energía o bien, por último, se plantea en la propia concesión, la recompra por parte de la empresa de la energía reservada que finalmente no se llegue a entregar al Estado.

Se trata de un derecho de adquisición preferente para el Estado y viene recogido entre las cláusulas concesionales de aprovechamientos relacionados con obras realizadas en los años de desarrollo de infraestructuras por parte del Instituto Nacional de Industria, principalmente los años 40 y 50 del pasado siglo. Esta reserva, referida en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, es reflejo de que esos aprovechamientos hidroeléctricos permiten un uso privado de un bien público, que es Dominio Público Hidráulico y se recogía, tanto en obras financiadas por el propio Estado, como en obras que no fueron ejecutadas por el Estado y en este caso se planteaba como una garantía de desarrollo.
La reserva de energía se traduce en la mayoría de los casos en el 25% de la energía producida en los aprovechamientos a precio de coste.
En total se han abierto 16 expedientes para solicitar la reserva de energía: saltos de Mediano-El Grado I- El Grado II (Cinca); salto de Santa Ana (Noguera Ribagorzana); salto de San José, embalse de Barasona (Ésera); saltos de Mequinenza y Ribarroja (sistema del Bajo Ebro); saltos de Senet y Bono (Noguera Ribagorzana); salto de Vilaller (Noguera Ribagorzana); Canelles (Noguera Ribagorzana); salto de Bohí (Noguera de Tor); salto de Caldas (Noguera de Tor); salto de Baliera (Baliera); Salto de Pont de Suert (Noguera Ribagorzana); salto de Escales (Noguera Ribagorzana); salto de Llesp (Noguera Ribagorzana); salto de Puente de Montañana (Noguera Ribagorzana); salto en Mansilla (Najerilla) y salto del Canal de la Margen Izquierda del Najerilla. En algunos casos estos aprovechamientos se gestionaron desde el principio por empresas privadas y en otros casos pasaron a manos privadas con los cambios del sector energético.

Para la Confederación este procedimiento para obtener la energía reservada y la reversión de saltos hidroeléctricos conforman juntos una novedosa línea de acción al amparo de la propuesta del Plan, recientemente aprobado en el seno del Consejo del Agua de la Cuenca y que tiene como objetivo el desarrollo general de la Cuenca a través de nuevas fórmulas para la gestión del Dominio Público Hidráulico.

La energía reservada es reclamada por el Organismo de Cuenca ya que es la administración que gestiona el Dominio Público Hidráulico y por tanto, le corresponde la facultad de exigir el cumplimiento de dicha cláusula. Con este procedimiento se deberá actualizar ese pago teniendo en cuenta la cláusula concesional y el nuevo marco regulador del sector energético.

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